Violación del derecho a la intimidad

Vivo en un piso de estudiantes (de alquiler), en un bajo. Constantemente vemos al hijo de nuestra casera (mayor, independizado y con vivienda lejana a la nuestra) merodeando por las ventanas y asomándose (descaradamente), para observarnos. Son ya varias veces las que lo hemos descubierto, y estamos seguros de que hay numerosas veces más en las que no lo hemos pillado.
¿Qué leyes estaría violando, y qué medidas legales podrían llegar a cometerse?
El hombre en cuestión trabaja como policía/guardia civil, ¿estaría incurriendo en algún delito mayor? En un caso extremo, ¿podríamos solicitar la anulación del contrato debido a esto?

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Abogado familia Teruel Manuel Lázaro Gargallo
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Buenos Días a efectos practicos caben dos posibillidades:
1ª Si es policía o guardia civil, deberias saberlo, pero ante esto, y si estais dentro de la vivienda, cuando lo veasi asomarse a la ventana llmar a la policía local, avisando de que hay una persona sospechas merodeando por la vivienda.

2ª Respceto a si podeis por ello rescindir el contrato , en función de la atuación policial, si se indentifica como hijo de la dueña, manifestar de que os esta acosándo, vulnera vuestra intimidad, el derecho al honor dado que su actitud, solamente la va a justificar en cuanto a lo que el diga sobre posibles sospechas, o actividades que estais realizando en el piso, fiestas u otras atuaciones, como podría decir"" que os dedicais al traficoa de drogas que tiene sospecha de ellos , esto os lo digo entre comillas, pero si llamais a la policia local cuando este merodeando, i hacerlo, el dira algo de esto, pero ello no justificará, su actitud, pues no es dueño , ni aunque lo fuese tampoco podría hacerlo, .
Si por parte de elo vecinos no hay quejas respecto a pposibles molestias de ruidos ect... La dueña, no puede decir nada, y menos el hijo de ella.-

Mi coansejo final, es que llames a la Policia Local, cuando lo veaís merodeando y poner una denunica, esto os posibilitará seguramente para despues llegar a un acuerdo sobre cancelación del contrato de alquiler, del cual no habes dicho su duración.-

Si tenesios mas dudas mi mail es mlgargallo@gargalloabogado.com

Un Saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADOS MAJANO

ABOGADOS MAJANO

Abogado de Toledo especializado en Derecho de Familia

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Estimado/a señor/a: Desde luego, esa conducta que describe no es de recibo y, por supuesto, podría ajustarse a algún tipo penal, habida cuenta de que podría estar afectando a su intimidad. No obstante, las dificultades con las que contaría serían las de prueba. Sería conveniente que recogiera prueba de grabaciones, fotografías, testigos, etc., en las que se pudiera acreditar claramente la reiteración en la conducta y para eso deben acreditarse los distintos momentos y los días. Un hecho aislado no parece que resulte delictivo. El problema es la reiteración. Esperamos haberle servido de ayuda y si podemos ayudarle en algo, no dude en consultar con nosotros en los teléfonos que aparecen en nuestra web www.majanoabogados.com. Un saludo.

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ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS

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Abogado de Collado Villalba especializado en Derecho de Familia

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Estimado cliente, los hechos que describe sólo pueden encuadrarse en un comportamiento maleducado, pero no constituyen un ilícito penal, ya que les observa desde la calle y sin manipular la ventana, la persiana, etc. Les aconsejamos que hablen con esta persona para que cese en su conducta. En ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS estamos a su disposición por si precisa contar con nuestros servicios jurídicos. Puede contactar con nosotros a través del teléfono y del correo electrónico que figura en nuestra web (www.asistencialegalabogados.es o enlace directo del perfil), donde también podrá consultar nuestros honorarios.

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