Violencia de género y orden de alejamiento
SILVIA PRESEDO MIRANDA
Abogado de Coruña especializado en Derecho Civil
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Buenos días, en el supuesto que usted plantea le puedo indicar lo siguiente:
Dados los hechos descritos, estaríamos ante un delito de quebrantamiento recogido en el artículo 468.2 del Código Penal, cuya pena de prisión podrá oscilar entre los seis meses y un año. Entiendo que su pregunta en relación a la ampliación de la condena se refería a esto último.
Cualquier duda al respecto, no dude en contactar conmigo.
Mi nombre es Silvia Presedo Miranda, soy abogada en A Coruña, especialista en violencia de género.
Reciba un saludo cordial.
Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
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La condena no se puede ampliar, lo que debe de hacer es seguir denunciando cada vez que usted considera que incumple la orden de alejamiento y lo más probable es que terminen condenándole a una pena de prisión.