Voy a prestar una carta de despido voluntario porque me deben 5 meses de trabajo ¿Tengo derecho a indemnización?

Me voy del tabajo de fontanero porque mi jefe me debe 5 meses y le voy a presentar la carta de baja vuntaria. ¿Con cuánto tiempo la tengo que presentar? ¿Debo ponerle los meses o el dinero que me debe? ¿Tengo derecho a indemnización ya que aunque me voy yo me debe esos meses? ¿Qué debería hacer en su caso para reclamarla?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Logo-anonimous-w100
Contestado

Muy Sr. mío:
Por la presente quiero comunicarle que lo adecuado para no perder de sus derechos le redacte la carta un profesional, ya que el Art. 50 establece las causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato de trabajo, en el apartado b) dice: "la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado".
Realizar la solicitud en la forma adecuada le supone para Ud. el derecho a percibir la indemnización legalmente establecida en función de la antigüedad en la empresa. A que le abonen los salarios dejados de percibir y con la extinción del contrato de trabajo tendría derecho a percibir la prestación de desempleo que le corresponda.

Mi respuesta no puede ser más concreta al carecer de datos sumamente relevantes que se ponen de manifiesto con el contrato de trabajo y las nóminas, que me permitirían dar una información más completa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Ballesteros & Ruiz Abogados

Ballesteros & Ruiz Abogados

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Buenos días. Respecto a su consulta, comentarle que no es necesario enviarle una carta, simplemente ha de demandar al empresario y solicitar la extinción de su trabajo por incumplir sus obligaciones en concreto, la de pago de salarios, esta resolución lleva aparejada la misma indemnización que la ley prevé para el despido improcedente. Junto con la resolución de contrato, también ha de reclamar los salarios impagados. Nuestro consejo es que busque un abogado laboralista que le lleve el asunto, tenga en cuenta que la acción para reclamar los salarios prescribe al año.
Un saludo y muchas gracias por la consulta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

Le aconsejo que antes de hacer nada se asesore por un abogado especializado, pues en su caso es posible solicitar una resolución del contrato por incumplimiento de empleador, lo cual resultaría mas conveniente para vd. Espero haberle sido útil, un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Contestado

Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mis compañeros de Ballesteros & Ruiz Abogados.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado