Vuelta de exedencia, aunque sea un contrato temporal para una sustitución deben respetar mi salario?

En 2007 coji una excedencia por 5 años, que finalizó el 24/08/2012, por lo que llevo un año esperando que me llamen. Me ofrecen un contrato temporal para hacer una sustitución por maternidad. Mi salario antes de la excedencia era de aprox. 29.000 euros, pero me ofrecen 19.000euros. Puedo declinar la oferta por no ser el salario que yo tenía? y si es así como debo redactarlo para no perder mis derechos? por otro lado no tienen la obligación de respetar mis condiciones laborales antes de la excedencia?
Es una gran empresa. Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Administrativo Burgos Ignacio Ariznavarreta
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Para poder dar correcta contestación a su duda legal, resulta imprescindible conocer más detalles de la misma, como por ejemplo el tipo de excedencia en la que Usted ha estado en estos años, características del puesto de trabajo que ocupaba, tipo de empresa y situación actual de la plantilla de la misma, etc...
Tenga Usted en cuenta que una vez disfrutada la excedencia, el momento del reingreso ha de ser solicitado previamente por el empleado y dicho reingreso no tiene por qué producirse en el mismo puesto de trabajo donde el trabajador venía prestando sus servicios con anterioridad a la excedencia.
Para más información no dude en contactar con nosotros. Podemos ayudarle a resolver su problema.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Hernández de Pablos

Hernández de Pablos

Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil

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Buenos días:
Sabrá usted que la excelencia voluntaria no lleva aparejado derecho de reserva del puesto; conservándose sólo un derecho preferente, condicionado a la existencia de vacante.
Si existe vacante en su anterior puesto (o departamento) la empresa debe admitirle. Ese contrato de interinidad no se corresponde con la vuelta a su puesto de trabajo. Una de dos: o lo rechaza usted y demanda o lo acepta y, una vez incorporado, demanda usted para recobrar la situación anterior. No me gusta nada que haya dejado usted pasar casi un año. Quedo a su disposición.

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BARCELONA - EJP ABOGADOS

BARCELONA - EJP ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil

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En primer lugar, sería necesario conocer qué convenio colectivo le es de aplicación, ya que en los convenios es donde se suele especificar en qué condiciones puede uno reincorporarse de una excedencia. En cualquier caso, cambia mucho que la excedencia sea voluntaria o por cuidado de un familiar (p.e. un menor).

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Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
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Buenos días, si usted lo considera contacte con nosotros podemos ayudarle, trabajamos a nivel nacional. www.agabogados.cat

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