Custodia total del madre, derecho o obligación de tener a los niños para el padre?
Jubilado
Abogado de Rincón de la Victoria especializado en Violencia de género
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes, pienso que si usted está iniciando una nueva vida con otra persona, necesariamente no puede continuar con el acuerdo que se llevó a cabo en otras circunstancias.
Es una obligación tener a sus hijas todos los fines de semana como pactó, pero no para toda la vida. Lo acordado se puede modificar judicialmente si las circunstancias cambian, así como la pensión a pagar si se desea. Si el juez acepta la propuesta de modificación deja todo de ser ilegal.En la situación actual, se pueden hacer muchas cosas, pero no es conveniente exponerlas públicamente.
Si su ex se enfada, es con razón: no quiere perder la capitulación casi incondicional que usted le firmó. Contra antes inicie los trámites judiciales, más quebraderos de cabeza se ahorrará.
Quedando a su disposición, le saludo
ABOGADO ACCIDENTES MALAGA - NARBONA ABOGADOS
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
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Buenas Tardes: Para una correcta respuesta, deberíamos examinar el convenio regulador que Vd. firmó donde se regula el regimen de visita. Hay que partir de la base que eso fue lo que pactaron voluntariamente las partes. La única forma de modificarlo sería instando una modificación de medidas, acreditando un cambio de circunstancias (de que Vd. por motivos laborales como manifiesta, no puede hacerse cargo). Quedamos a su disposición para ampliar esta respuesta. Saludos cordiales
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Buenas tardes,
En primer lugar decirle que usted está pagando bastante de pensión por sus hijas, por lo que se podría solicitar que se le rebajara, ahorrándose a final de año, una suma importante de dinero.
Si desea que le asesoremos tanto en obtener la reducción del pago de la pensión, como en cuanto a las visitas a las niñas, tan sólo tiene que reenviarnos el convenio por correo electrónico para que lo estudiemos y podamos decirle.
Un saludo
www.rfabogados.es
Abogado Urbanismo Marbella Cobo & Blázquez Lawfirm
Abogado de Málaga especializado en Derecho de Familia
Buenas noches: El derecho-obligación de tener a sus hijas en su compañía viene derivado de una sentencia. Para cambiar el régimen de visitas respecto de las menores, si no hay acuerdo, debe iniciar un procedimiento en el Juzgado. La condición para ello es que las circunstancias que había en el momento de dictar sentencia haya cambiado de forma sustancial para que se admita la modificación. Para tratar el tema en profundidad puede contactarme en la dirección y teléfono que figuran. Saludos
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Usted puede solicitar mediante abogado y procurador una modificación de las medidas y demostrar que las condiciones tanto suyas como la de ella se han modificado y se hace necesario un cambio en el régimen de visitas y que este es beneficioso para las menores.
BOMBÍ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
No le voy a contar más que otros compañeros. Contacte con aun abogado que le asesore personalmente. Atentamente, www.bombi-abogados.es