Juicio y ejecución por accidente de circulación

El auto de cuantía máxima en cuestión recoge 4 dañados, sólo 3 de ellos tienen valoración de forense y por tanto cuantía máxima calculada. La otra persona no reclamó los daños.
En el auto, la letrada de la compañía de seguros del contrario muestra su oposición a lo solicitado por la contraparte (nosotros), por NO ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DEL SINIESTRO OBJETO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO. La responsabilidad en realidad, es de esa aseguradora; no sé dónde se ampara para oponerse a ello; lo único que se me ocurre es en el parte amistoso que por los nervios del momento se hizo mal y no deja tan clara la culpa.
Aunque las normas de circulación por otro lado son claras (el vehículo de la aseguradora en cuestión proviene de un carril no apto para vehículos, es decir, un carril peatonal, bajándose de la acera y ahí produciéndose el impacto). ¿Hasta que punto se discute eso en ejecución?
¿Cómo ejecutar auto de cuantía máxima cuando la letrada de la aseguradora contraria muestra oposición por no aceptar la responsabilidad del siniestro?

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Gauzy-Sterling Abogados

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Abogado de Boadilla del Monte especializado en Proceso Judicial

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El auto de cuantía máxima se dicta en sede penal para ser ejecutado en vía civil, cuando no se han depurado responsabilidades en la primera jurisdicción. El auto de cuantía máxima es un título ejecutivo y está previsto precisamente para supuestos en los que la aseguradora muestra su oposición a la aceptación del siniestro. Solo en el caso de que la aseguradora acredite que la culpa es vuestra y no de sus clientes podrá oponerse a la ejecución con fundamentos para la oposición. Con el auto de cuantía máxima intente negociar con la aseguradora y si ésta no admite negociación podrá usted presentar un procedimiento ejecutivo mediante demanda ejecutiva del Auto de cuantía máxima.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Si ya ha negociado con la aseguradora obligada al pago y no hay manera de llegar a acuerdo con ellos, la única posibilidad es ejecutar el título a través de un procedimiento judicial civil en el que si existe oposición por parte del ejecutado, éste tendrá que demostrar la culpa exclusiva del ejecutante para eludir el abono de lo señalado en el título ejecutivo.

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