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Tendría que acudir a la Guardia Civil o a la Policía Nacional a presentar denuncia, ya que como le han indicado, los hechos que narra son constitutivos de delito.
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Si los padres no le dejan verla voluntariamente, únicamente tendrían derecho si lo acuerda un Juez, en un procedimiento que tendrían ustedes que iniciar ante el Juzgado. Quedo a su disposición.
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Tendrá que instar un procedimiento judicial para determinar quién se queda con la custodia del niño y el régimen de visitas del otro progenitor.
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Lo que le han dicho es extrañísimo y no tiene sentido. El régimen económico-matrimonial nunca prescribe por mucho que traslade su domicilio. Lo que sí habría que averiguar es si al tiempo de casars...
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Si en 1.970 cuando se casó existía el régimen especial de Cataluña, sí que le serviría. Pero no estoy seguro de ello.
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Eso debe consultárselo al Abogado que le está llevando el asunto, ya que nosotros sin conocer en detalle las actuaciones, no podemos dar una opinión sin riesgo de equivocarnos. De todos modos, y au...
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Todo eso lo puede explicar en el trámite de audiencia, para eso se le concede. Deberá presentar un escrito explicando todo eso y lo demás que pueda interesarle en su defensa.
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Depende de lo que se haya reconocido en la condena en costas. Si se reconocen derechos de procurador por una cantidad igual o superior a los 300 euros, sí que deberá devolvérselo.
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En primer lugar, debe tratarse las lesiones. Una vez estabilizadas o curadas, debe acudir a un perito en valoración de daño corporal para que le indique si le merece la pena o no reclamar. En caso ...
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No digo que no sea legal, pero yo no le aconsejaría comprar el inmueble de ese modo. Piense en que tendrá que desembolsar una cantidad importante de dinero, y que si actualmente la vivienda no está...