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El tema está en que, de haber conocido ese defecto, el comprador no habría comprado el coche. Otra cosa es la rebaja que le haya hecho, es algo que le ayuda a usted, pero eso no es decisivo para qu...
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Los arts. 1484 y 1485 CC establecen que el vendedor está obligado al saneamiento de los defectos ocultos, aunque los desconozca. Lo que está en duda es si esta avería puede considerarse un vicio o ...
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En este supuesto le ampara la cláusula “exceptio non adimpleti contractus”, muy extendida y utilizada en estos casos, la cual es aplicable en los contratos bilaterales donde una de las partes no cu...
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En este caso usted debería consultar con su entidad financiera, exponiéndole su situación económica y ver las posibilidades reales de unificar ambos préstamos en uno solo.
Saludos.
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Efectivamente usted puede y debe reclamar. Si fallece la madre, de esa deuda responde el heredero, que en este caso es el deudor. Estamos a su disposición en nuestro Despacho de La Coruña para aten...
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Consintió la obra y dio su aprobación aunque no conste por escrito. Efectivamente podrá reclamarle a usted la cantidad. Pero todo esto con las reservas que tenemos al no conocer todos los permenore...
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Si. Las deudas en el ámbito civil perduran más allá de la muerte y tienen que hacer frente a las mismas sus herederos excepto si aceptaron la Herencia a beneficio de inventario.
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La reforma del Código civil que hace prescribir las acciones a los 5 años no puede operar en este caso porque sería de observancia lo que recoge el artículo 1939. Por tanto, para usted no hay posib...
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No se entiende bien la pregunta. Si le interesa, podemos ayudarle
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Lo primero NO PAGAR NADA. Lo segundo, la deuda han de acreditarla con una Factura o algún documento que la refleje, no sólo de palabra. El artículo 1964 del Código civil establece que aquellas acci...