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Estimado cliente: Lo normal en estos casos es venderlo o donarlo. Podemos estudiar la vialidad de otras alternativas pero para ello sería necesario tener más información.
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Estimado cliente: Sí, seguramente le llegue. No debe hacer nada hasta que no le llegue notificación de la sanción, una vez le llegue puede o recurrir o pagar con pronto pago con una reducción.
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Estimado cliente: Le deben notificar la deuda, sino el procedimiento es nulo. No obstante debería comprobar que no le hayan notificado mediante boletines oficiales, en dicho caso las alternativas s...
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Estimado cliente: El procedimiento es el siguiente: Se determina la base reguladora y sobre ella se aplica el porcentaje que le corresponda.
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Estimado cliente: Sí, pueden embargarle la cuenta con los límites que marca la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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Estimado cliente: La indemnización es de 20 días con un máximo de 12 mensualidades. Del mismo modo, salvo que se impugnase el despido no tendría derecho a salarios de tramitación.
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Estimado cliente: La custodia compartida la otorgo el juez en función de los intereses principales de los menores.
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Estimado cliente: El SMI es inembargable y dentro de la parte correspondiente al segundo SMI sólo el 30%.
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Estimado cliente: Habría que estudiar si dicha exclusión aparece en la póliza que firmó. Para ello sería necesaria la documentación de la póliza.
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Estimado cliente: Lo que pasa es que pierde la reducción por pronto pago pero puede negociar el pago de la deuda de forma fraccionada.