3 Vías para interponer una reclamación de cantidad
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
VER PERFILTres vías: Monitorio, Verbal u Ordinario.
Para acudir a los Tribunales para una reclamación de cantidad hay tres vías:
- Una primera vía, es un Proceso Monitorio, en el cual hay que interponer el escrito, la demanda, exponiendo los motivos por los cuales se solicita que se devuelva la cantidad debida. Si no se opone la parte contraria el juzgado pone un plazo en el cual la parte demandada debe ingresar la cantidad; pero si se opone ya habría que acudir según la cantidad a un Procedimiento de Juicio Verbal u Ordinario.
- Una segunda vía, es un Procedimiento de Juicio Verbal. Siempre que la cantidad que se le deba sea igual o inferior a 6.000€ se acudirá por esta vía. Se tendrá que interponer la demanda, y después acudir a juicio.
- Una tercera vía, es un Procedimiento de Juicio Ordinario. Esta vía es cuando la cantidad debida excede de los 6.000€. Lo primero que hay que hacer es interponer la demanda y esperar a que salga la fecha del juicio.
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