Accidente de trafico. Indemnización.
¿ Quien debe responder por los daños causados a las personas y/o en los bienes consecuencia de un accidente de tráfico?
El conductor de vehículos a motor es responsable del accidente de tráfico, en virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación excepto culpa exclusiva del perjudicado o fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo.
El propietario no conductor responderá de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por el conductor cuando esté vinculado con este por alguna de las relaciones que regulan los artículos 1.903 del Código Civil y 120.5 del Código Penal ( por templo, los padres, los tutores, las empresas o empresarios, los centros escolares)
El propietario no conductor de un vehículo sin el seguro de suscripción obligatoria responderá civilmente con el conductor del mismo de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por éste, salvo que pruebe que el vehículo le hubiera sido sustraído.
¿ Como se calcula la indemnización por los daños causados a las personas?
La reparación íntegra del daño y su reparación vertebrada constituyen los dos principios fundamentales de su valoración. El principio de la reparación íntegra tiene por finalidad asegurar la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos consecuencia del accidente de tráfico. El principio de vertebración requiere que se valoren por separado los daños patrimoniales y los no patrimoniales y, dentro de unos y otros, los diversos conceptos perjudiciales.
Los daños y perjuicios causados por el accidente de trafico se cuantifican en todo caso con arreglo a los criterios del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre y a partir de 1 de Enero de 2016 con las modificaciones introducidas por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
¿ Puede solicitarse el pago de la indemnización mediante una renta vitalicia?
En cualquier momento las partes pueden convenir o el juez acordar, a petición de cualquiera de ellas, la sustitución total o parcial de la indemnización fijada de acuerdo con el sistema establecido en esta Ley por la constitución de una renta vitalicia en favor del perjudicado.
¿ Puede modificarse la indemnización del accidente de trafico?
La indemnización sólo puede revisarse por la alteración sustancial de las circunstancias que determinaron su fijación o por la aparición de daños sobrevenidos.
¿ Quien puede reclamar la indemnización por accidente de tráfico ?
Puede reclamar la indemnización por accidente de tráfico :
a) la víctima del accidente
b) en caso de fallecimiento de la víctima : el cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados y quién ejerza las funciones de éstos.
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