Asociaciones

Guía publicada por:

Las asociaciones están pensadas no tanto para ejercer una actividad empresarial como para que un grupo de personas desarrollen una actividad con intereses comunes.

1.- Su constitución es muy sencilla, se puede hacer en un documento privado, hacen falta al menos tres personas y se deben redactar unos estatutos. No hace falta hacer una escritura ante notario y debe  inscribirse en el Registro de Asociaciones, aunque ni tan siquiera eso es obligatorio ya que pueden existir asociciones que no se inscriben en el registro.

2.- Si la Asociacion es declarada de interes publico, tiene interesantes bonificaciones y excenciones fiscales. Para que sea declaradas de utilidad publica es preciso cumplir unos requisitos tales como que durante al menos dos años sus fines sean de interes general, de caracter deportivo, educativo, cultural, sanitario etc. Tambien deben ser asociaciones abiertas a otros posibles beneficiarios, no solo a sus asociados. Que cuenten con medios adecuados a sus fines y que sus representantes no se beneficien de subvenciones publicas.

3. La asociacion debe tener un CIF, por lo que hay que llevar los estatutos y el acta de constitucion a la Agencia tributaria para que se le de el alta.

4.- El objeto social debe ser claro y orientado a la finalidad que se persigue con la asociación.

5.- Puede haber muchos tipos de asociados, los asociados fundadores, los ordinarios, colaboradores y socios honorarios.

6.- Los asociados pueden ser contratados por la asociación y cobrar un salario.

7.- La entrada de nuevos socios debe ser libre, aunque se admite ciertas condiciones para su entrada, como que sea presentado por socios ya existentes. En cualquier caso, los estatutos deben regular como se hace la entrada y salida de socios.

8.- La condición de socio se puede transmitir, pero ha de ser a titulo gratuito, no se puede vender la participación. La baja de la asociacion es libre, si bien los estautos pueden regular el procedimiento de baja.

9.- La responsabilidad de los asociados es diferente entre las que estan inscritas y las que no lo estan. Para las no inscritas, los socios responden de las deudas de la asociación con sus propios bienes. Las que se inscriban en el Registro de Asociaciones, los socios no responden de las deudas con sus bienes.

10.- Fiscalmente son muy interesantes, ya que estan exentas del Impuesto de Sociedades en los ingresos relacionados con sus fines y con determinadas actividades. Las que no estan exentas tienen una bonificación del 10% del Impuesto de Sociedades. Estan exentas del Impuesto de Transmisiones patrimoniales y actos juridicos documentadfos, del IBI y de la plusvalia municipal.

Son una buena opcion para asociaciones gastronomicas, para asociaciones de fumadores, deportivas, profesionales, de grupos sociales como gays o lesbianas, para asociaciones vecinales y para cualquier asociación de interés cultural, cientifico y cualquier otra en que no exista ánimo de lucro.  

Pedir más información sin compromiso