Concurso de acreedores. Asistencia jurídica al trabajador.

Guía publicada por:

¿ Cual es la situación del trabajador ante el concurso de acreedores?

¿ Qué es el concurso de acreedores?

El concurso de acreedores es el procedimiento que se tramita en el Juzgado Mercantil cuando una empresa, sociedad, …. o una persona física  no puede pagar sus deudas.

Viene regulado por la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal

Las 3 grandes fases del concurso de acreedores son :

 

1ª.- solicitud de concurso de acreedores por el empresario deudor o por un acreedor

 

2ª.- inventario de bienes y derechos por el administrador concursal – se llama masa activa del concurso de acreedores- y  listado de todos los acreedores según la clasificación indicada en la ley concursa – se llama masa pasiva del concurso de acreedores.

 

3ª.- finalización o conclusión del concurso de acreedores por convenio o por liquidación.

 

¿ Qué sucede con los derechos de los trabajadores?

Todos los derechos de los trabajadores del deudor quedan integrados en la masa pasiva del concurso de acreedores.

Quedan paralizadas todas las acciones individuales promovidas contra el patrimonio del deudor. 

La relación laboral se regula por la Ley Concursal y por la legislación laboral aplicable ( por ejemplo, Estatuto de los Trabajadores, convenio colectivo de trabajo, …).


¿Cuándo cobran los trabajadores?

Todos los pagos se realizan en el concurso de acreedores según el orden siguiente :

 

1º.- Se paga los créditos contra la masa. Son la retribución correspondiente a  los últimos 30 días de trabajo efectivo anteriores a la declaración de concurso, siempre que su cuantía no supere el doble del salario mínimo interprofesional. Estos créditos se pagarán de forma inmediata.

2º.-  Se paga los créditos concursales según el orden siguiente:

  • Créditos con privilegio especial. Crédito sobre los objetos elaborados por los propios trabajadores.
  •  
  • Créditos con privilegio general. Los salarios e indemnizaciones devengadas antes de la declaración del concurso.
  • Créditos ordinarios. Son todos aquellos que no puedan incluirse en alguna de las demás categorías.


¿Se puede acudir al FONDO DE GARANTIA SALARIAL?

El Fondo de Garantía Salarial asume las obligaciones de pago de salarios e indemnizaciones pendientes de pago a causa de insolvencia o concurso del empresario, previa instrucción de expediente para la comprobación de su procedencia.


¿Hay derecho a prestación por desempleo?

Los trabajadores cuya relación laboral haya sido extinguida se encuentran en situación legal de desempleo. Por lo que sí hay derecho a la correspondiente prestación por desempleo.

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