¿Puedo cobrar indemnización por haber trabajado sin haber estado de alta en la seguridad social?

He estado trabajando tres meses sin Seguridad Social. Cuando mi jefe me aseguró darme de alta. Me entregó nóminas falsas y no me ha entregado mi copia del contrato. No sé si me corresponde algún tipo de indemnización ya que me enteré de esto cuando ya terminé mi trabajo.

Gracias

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Buenos días,

Independientemente de que la empresa haya cumplido o no con sus obligaciones de darle de alta en la Seguridad Social y cotizar durante el tiempo que ha estado trabajando, Vd. tiene derecho a una indemnización ya que la empresa habría incurrido en un fraude de ley y se consideraría que ha realizado un despido improcedente. Cuando, como parece ser el caso, una empresa no cumple con sus obligaciones y no le ha dado de alta, se puede le puede reclamar. El único problema es la prueba, poder acreditar que Vd. Ha estado trabajando para esa empresa. Si puede probarlo y, como dice en su escrito, tiene “nominas falsas”, le recomiendo que lo denuncie a la Inspección de Trabajo y ponga una demanda en los Juzgados de Lo Social.

Si tiene cualquier duda de cómo llevarlo a cabo póngase en contacto con nosotros al teléfono que viene en el perfil de LexDir o en nuestra web

www.denunciaatuempresa.com

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Efectivamente tendría derecho a reclamar una indemnización por despido.

Por otra parte es importante que tenga en cuenta que debido a que este empresario puede haber incurrido en un fraude de ley, se podría solicitar algún tipo de sanción en la inspección de trabajo.

Seria necesario para todo ello, disponer de información mas completa.

Puede ponerse en contacto con nosotros en la dirección que figura en LEXDIR.

Cualquier cosa estamos a su disposición.
Un saludo

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Estimado cliente, nos encontramos no sólo ante un ilícito laboral, sino posiblemente penal, ante la falsedad de los documentos, y en cualquier caso, le han perjudicado como trabajador, lo que sería indemnizable. Somos abogados especializados, no dude en recurrir a nosotros para solucionar el asunto.

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Sí le corresponde una indemnización por despido improcedente. Aunque no estuviera dado de alta en la ss, lo que está claro es que trabajar se ha trabajado. Por otro lado, el empresario podría incurrir en algún delito penal si se denuncian los hechos por la vía penal.
Un saludo

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