Contratos de agencia comercial

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ARANZAZU ABOGADOS

Es habitual contratar a un agente comercial en los países de la UE con la finalidad de introducir los productos de una empresa española, y se recomienda que los contratos sean revisados por abogados locales, porque existe una Directiva que exige que la ley aplicable sea la del domicilio del agente, y es derecho imperativo.

A la hora de contratar a un agente comercial fuera de España, téngase en cuenta que el contrato ha de ser realizado por letrado, para evitar los problemas que surgirán con posterioridad si se rompe el contrato.

El domicilio del agente siempre será el que nos obligue en cuanto a la ley aplicable al contrato, y no son iguales todas las legislaciones europeas en cuanto a las indemnización de daños y clientela, o preavisos.

Igual situación se crea respecto a los agentes comerciales españoles que trabajen para empresarios de la UE.

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