Decálogo sobre el divorcio: preguntas más frecuentes

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Las 10 preguntas más frecuentes sobre el divorcio… 1).- ¿Puede oponerse el otro cónyuge a darme el divorcio? 2).- ¿Tengo que decir los motivos por los cuales deseo divorciarme? 3).- ¿Qué requisitos son exigibles para obtener el divorcio? 4).- ¿Separación antes que divorcio? 5).- ¿Existen diferencias entre la separación y el divorcio? 6).- ¿Para obtener el divorcio es necesario tener Abogado? 7).- ¿Existen varios tipos de tramitación del divorcio? 8).- ¿Cuánto vale y tarda en tramitarse un divorcio? 9).- ¿Qué documentación se necesita para tramitar el divorcio? 10).- ¿Pueden variarse las medidas acordadas por el Juez en su sentencia de divorcio?

DECÁLOGO SOBRE EL DIVORCIO

A continuación, exponemos un decálogo de las preguntas más frecuentes sobre divorcio que nos llegan de nuestros clientes.

1).- ¿Puede oponerse el otro cónyuge a darme el divorcio?

NO, la solicitud de divorcio se podrá interesar por cualquiera de los cónyuges que decida no continuar con su matrimonio.

No cabe, pues oposición a la petición de divorcio, por motivos de fondos, de modo que salvo que en la demanda concurriera algún defecto procesal,  el Juez le dará su divorcio.

 

2).- ¿Tengo que decir los motivos por los cuales deseo divorciarme?

 NO, basta la simple voluntad o deseo de uno de los cónyuges para instar el divorcio y poner fin al matrimonio, sin necesidad de citar ningún motivo o causa.

 

3).- ¿Qué requisitos son exigibles para obtener el divorcio?

Como regla general, el único requisito exigible será el de haber transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio.

La excepción, vendrá determinada, por aquellos supuestos en los que se pruebe que existe un riesgo para la vida, integridad física, libertad, integridad moral, libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos, en cuyo caso no se requiere requisito de tiempo alguno para instar el divorcio o separación.

 

4).- ¿Separación antes que divorcio?

Actualmente, no se requiere separarse primero y luego divorciarse, sino que se puede recurrir directamente al divorcio.

Ahora bien, se mantiene la figura de la separación, para aquellas personas que no tengan claro acudir al divorcio y se quieran dar alguna oportunidad tras un tiempo de separación para reflexionar.

Con la separación, los cónyuges interrumpirán por un tiempo su matrimonio, de modo que les bastará con comunicar en el Juzgado su reconciliación para dejar sin efecto la sentencia de separación y volver a reactivar la vigencia de su matrimonio.

 

5).- ¿Existen diferencias entre la separación y el divorcio?

En la separación el vínculo matrimonial queda en suspenso, mientras que con el divorcio el vínculo del matrimonio  se rompe de manera definitiva.

La sentencia de separación suspende la vida en común de los cónyuges, cesa la vinculación del patrimonio  del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, pero el vínculo matrimonial no se rompe, por lo que no se podría volver a casar con una tercera persona y sí que en caso de que hubiere reconciliación se podría reactivar el matrimonio recuperando el status de casado como si nunca se hubieran separado.

Por el contrario, con el divorcio al quedar disuelto el vínculo matrimonial, ambos cónyuges podrían contraer nuevo matrimonio con un tercero.

 

6).- ¿Para obtener el divorcio es necesario tener Abogado?

Para iniciar los trámites de divorcio, es necesario interponer una demanda, que habrá de ir firmada por un Abogado y Procurador, al ser preceptiva su intervención.

 

7).- ¿Existen varios tipos de tramitación del divorcio?

Sí, para obtener su divorcio, se pueden recurrir a 2 vías distintas:

A).-  El divorcio de MUTUO ACUERDO.

B).- El divorcio CONTENCIOSO.

Ventajas de la vía del divorcio del mutuo acuerdo:

-Se reducen los tiempos de espera en la resolución del proceso y en la obtención de la sentencia del divorcio, al tratarse de un proceso más ágil.

- El proceso es más sencillo, consiste en la presentación de una demanda junto con un convenio regulador o pacto de convivencia, y su posterior ratificación (firma) ante el secretario judicial ya que no se exige la celebración de juicio.

- No se exige la celebración de juicio ( por lo que se evitará declarar ante el Juez).

- Los costes se pueden reducir a más de la mitad con respecto al contencioso, ya que ambas partes pueden compartir y actuar bajo la misma representación (Procurador) y defensa técnica (Abogado).

- Con el divorcio de mutuo acuerdo, las partes conocerán de antemano el contenido de la sentencia siendo por así decirlo sus “autores”, mientras que en el contencioso se debatirán y contrapondrán intereses contrapuestos de ambas partes, siendo imprevisible el resultado de la sentencia.

Divorcio contencioso

-Por el contrario, el divorcio contencioso es más largo, complejo y con un alto coste tanto económico como emocional o personal para ambas partes.

-Exige la celebración de vista judicial.

- En el divorcio contencioso, no es posible acudir con el mismo Abogado y Procurador, teniendo cada parte sus profesionales, lo que incrementará los gastos.

Pero cuando el mutuo acuerdo no es posible, ILLICE LEX ABOGADOS, PROCURADORES Y ADMINISTRADORES DE FINCAS, adoptará en el divorcio contencioso la estrategia defensiva que mejor se adecue a sus necesidades  para obtener una solución eficaz y luchará por sus intereses ante los tribunales.

8).- ¿Cuánto vale y tarda en tramitarse un divorcio?

Los honorarios y duración del procedimiento variarán en función de si se realiza de mutuo acuerdo o de forma contenciosa, pudiendo mediar 3 meses como media en los de mutuo acuerdo llegando al año en caso de hallarnos ante un divorcio contencioso.

En caso del divorcio de mutuo acuerdo, los cónyuges podrán tener el mismo abogado y procurador, lo que simplificarán los trámites y coste del proceso.

En ILLICE LEX ABOGADOS, PROCURADORES Y ADMINISTRADORES DE FINCAS tramitamos su divorcio DESDE 200 € más IVA para cada una de las partes, en caso de tramitarse por la vía de mutuo acuerdo. Consúltenos su presupuesto personalizado.

9).- ¿Qué documentación se necesita para tramitar el divorcio?

l.- Libro de familia.

2.- Últimas declaraciones de IRPF.

3.- Últimas nóminas.

4.- Copias de las escrituras de propiedades comunes o notas simples del Registro de la Propiedad.

5.- Último recibo de la contribución o del impuesto de bienes inmuebles (IBI).

6.- Justificantes de los gastos ordinarios (escolares, material, farmacia) de los hijos.

7.- Certificado de empadronamiento del último domicilio familiar común.

 

10).- ¿Pueden variarse las medidas acordadas por el Juez en su sentencia de divorcio?

En caso de alteración sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta en la adopción de las medidas económicas o personales, podrían promover su cambio ante el Juez.

Para ello, habrá de presentarse un incidente de modificación de medidas ante el Juzgado.

Desde ILLICE LEX recomendamos que para ello tenga plenamente acreditado mediante la correspondiente prueba los hechos que alega para demostrar dicho cambio sustancial de las circunstancias, por lo que dicha posibilidad no habrá de ser precipitada sino meditada y estudiada.

 

 

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