Divorcio de muto acuerdo Logroño /Fernández Abogado

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El divorcio de mutuo acuerdo es un procedimiento mucho más económico, ágil y rápido debido a su sencillez, pues permite que ambos cónyugues puedan compartir Abogado y Procurador e incluso si es que no existen hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente, existe la posibilidad de que ambos cónyuges debidamente asistidos por un Letrado en ejercicio puedan divorciarse simplemente ante el Notario, otorgando para ello escritura pública.

 

El divorcio de mutuo acuerdo presenta como característica fundamental el ser un procedimiento que no solamente resulta ser mucho más económico, pues permite que ambos cónyugues puedan compartir Abogado y Procurador, sino que, además, resulta ser un procedimiento mucho más ágil y rápido debido a su sencillez, pues solo debemos presentar la demanda de divorcio acompañada del correspondiente convenio regulador.

 En el convenio regulador se debe detallar todo lo relativo al uso del domicilio familiar, la atribución de la guarda y custodia de los hijos en caso de existir, su régimen de visitas y pensión de alimentos, así como la pensión compensatoria de la que pueda ser beneficiario alguno de los cónyugues por el desequilibrio económico que pueda causarle el divorcio, se deberán plasmar además en el convenio regulador también los criterios establecidos para la actualización de dichas pensiones.

Frente al divorcio de mutuo acuerdo en el que no existen existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente, la Ley 15/2015 ha introducido como novedad la posibilidad de que ambos cónyuges puedan divorciarse ante Notario, otorgando escritura pública y debidamente asistidos por un Letrado en ejercicio, sin necesidad de contar con la representación de Procurador de los Tribunales.

No obstante, no olvide que esta guía es simplemente orientativa y la misma no sustituye la necesidad de poner su caso en manos de un profesional.

 

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