Extinción contrato de arrendamiento local de negocio

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El día 31 de diciembre de este año, quedarán resuelto todos los contratos de arrendamiento de local de negocio que están en vigor y se encuentra regido por la ley de arrendamientos urbanos de 1964.

Los contratos anteriores al llamado decreto Boyer, esto es, sometido a la ley de arrendamientos urbanos de 1964, locales de negocio cuyo arrendatario sea una persona fisica se extinguirá el último día del año, en curso, al no ser que existiese un traspaso realizado a partir de 1 de Enero de 1985 o si el arrendatario hubiese actualizado la renta de una sola vez.

En ambos casos se amplia la duración.

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