Los accidentes de tráfico. (1ª Parte).¿Cómo actuar?.

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Con la presente serie de guías sobre accidentes de tráfico intentaremos desde Vidanes & Diez dar una respuesta a las dudas más frecuentes que nos pueden rugir en caso de vernos implicados en un accidente de trafico ya sea como conductor, ocupante, víctima, peatón, ciclista… En esta guía analizaremos cuales son los primeros pasos a seguir tras haber sufrido un accidente.

Solo tenemos que acudir a las estadísticas de la DGT para conocer que cada año en nuestro país se producen miles de accidentes de tráfico. Con la presente serie de guías sobre accidentes de tráfico intentaremos desde Vidanes & Diez dar una respuesta a las dudas más frecuentes que nos pueden rugir en caso de vernos implicados en un accidente de trafico ya sea como conductor, ocupante, víctima, peatón, ciclista…

Lo primero que hemos de hacer para el caso de vernos involucrados en una accidente de tráfico y si somos conductores, se una vez pasado el susto y comprobado el estado de los posibles lesionados, es intentar llegar a un acuerdo con el otro conductor o conductores implicados y firmar ambos lo que se conoce como “PARTE AMISTOSO DE ACCIDENTE” y que todas las compañías de seguros facilitan a sus clientes y de las cuales deberemos llevar siempre una copia en nuestra guantera junto al resto de documentación del vehículo.

En este parte amistoso se expondrán los datos de las partes intervinientes en el siniestro, de los vehículos, seguros de cada implicado así como los daños que haya podido sufrir cada vehículo.

Este parte será firmado por los conductores afectados. Luego serán las respectivas compañías las que se encargaran de la reparación de los daños ocasionados.

 

A lo anterior solo puede llegarse si ha existido buena voluntad por las partes, pero puede ocurrir (en más ocasiones de las deseables) que las partes implicadas no se pongan de acuerdo en lo que respecta a la causa del accidente y quien es el conductor “culpable” del siniestro, en estos casos deberemos avisar a la policía (local, nacional o Guardia Civil), aun a pesar de existir acuerdo entre las partes será conveniente avisar a estos cuerpos de seguridad en caso de daños de gran relevancia o daños personales de cierta entidad.

Los agentes que lleguen al lugar de los hechos y a la vista de los vestigios materiales y declaraciones de los conductores implicados, levantaran el oportuno “atestado”. Este documento será prueba fundamental en la determinación del responsable del accidente y a la hora de reclamar la reparación de los daños sufridos a las compañías aseguradoras, ya sea de forma extrajudicial o acudiendo a la vía judicial mediante la correspondiente demanda.

En segundo lugar, nos podemos encontrar con que el responsable o el otro conductor implicado no quiere colaborar e incuso que se dé a la fuga, en este caso tome nota de todos los datos que pueda a fin de su posterior identificación, sobre todo matricula y modelo de vehículo así como recabe los datos de posibles testigos….

Por otra parte si usted o alguno de sus acompañantes han sufrido algún tipo de lesión, acuda lo antes posible a los servicios de urgencias y solicite los partes de asistencia médica y no olvide mencionar al médico que le atienda que las lesiones son como consecuencia de un accidente de tráfico.

A la hora de reclamar su indemnización a la compañía contraria estos informes constituirán prueba fehaciente de sus lesiones.

En tercer lugar, debe saber que dispone de 7 días desde la fecha del siniestro para dar parte a su compañía de seguros. (Lléveles copia del parte amistoso de accidentes o el atestado que le de la policía)

Finalmente y por último, es muy recomendable ponerse en manos de un Abogado especialista en accidentes de tráfico y que le asesorara personalmente de todos los trámites a  seguir y le conseguirá la indemnización más justa para su caso.

Además en práctica totalidad de las pólizas de seguro tendrá una clausula llamada ASISTENCIA JURIDICA de la que hablaremos mas adelante  y que le permitiría contratar un Abogado de su elección para hacer las oportunas reclamaciones y sus honorarios correrían a cargo de su propia compañía de seguros.

Lee la siguiente parte de esta guía legal (“Los accidentes de tráfico. (2ª Parte). Como Reclamar nuestra indemnización”) pinchando aquí

 

 

 

 

 

 

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