Mi vecino es un moroso. reclamaciones de impagados en comunidades de propietarios.

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Debido a la crisis que se sufre en nuestro país, muchos son los vecinos que “olvidan” abonar las cuotas pactadas para el sostenimiento de las cargas cotidianas de la comunidad de propietarios, o las derramas extraordinarias necesarias para afrontar los gastos urgentes relacionados con la finca.

El problema se agrava en aquellas comunidades en las que el gasto de servicios como el agua, la calefacción o cualesquiera otros suministros, se abona a prorrata entre todos los propietarios, y por lo tanto, el vecino moroso vive en absoluto confort mientras el resto ven como sus cuotas de comunidad van creciendo mensualidad a mensualidad.

En muchas ocasiones la disposición de la comunidad de propietarios es conciliadora, y no se desea perjudicar al comunero que de forma puntual está pasando por un mal momento, pero no me refiero a estos casos puntuales, me estoy refiriendo a la postura que, a mi juicio, debe adoptarse en aquellos supuestos en los que la actitud del vecino evidencia que no se van afrontar los pagos, o cuando las deudas que engrosan la lista de los propietarios son de una antigüedad que ronda la anualidad anterior y la parte vencida de la presente.

Es necesario que las comunidades tomen conciencia de la importancia de la llevar un control estricto sobre las situaciones de impago de sus propietarios, de forma que se puedan tomar medidas previas para evitar el fracaso de las acciones de reclamación de las sumas debidas. Así, propongo que regularmente se realicen liquidaciones de deuda en las reuniones, liquidaciones que de forma detallada informen a los vecinos de las sumas adeudadas y que sirvan de base para emitir el certificado necesario para el inicio de oportuno procedimiento monitorio de reclamación de las cuotas debidas si así lo estima oportuno la junta.

Hemos de ser conscientes de que, si bien para proceder a la venta del inmueble el notario requiere al propietario que aporte un certificado de estado de deudas con su comunidad, el nuevo comprador puede exonerarle de esta obligación, y por lo tanto, si la deuda de la comunidad no se encuentra anotada en el Registro de la Propiedad pertinente, el inmueble solo responderá de las deudas generadas en la anualidad en curso y en la inmediatamente anterior, con independencia de la acción contra el anterior propietario.

La forma más efectiva de luchar contra la morosidad en tu comunidad es actuar con diligencia, liquidar regularmente las deudas, iniciar los procedimientos de reclamación que fuesen pertinentes, y anotar los embargos sobre los inmuebles, así si el propietario quiere vender sin que la comunidad se entere, le será imposible.

 

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