Quiero desheredar a mi hijo

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Dificultades para desheredar y el maltrato psicológico como nueva causa.

Lo primero que debemos tener claro es que un hijo es siempre heredero legítimo, junto a sus hermanos, de los dos tercios de los bienes de sus padres, salvo que sea desheredado.

 

La Ley siempre ha sido muy restrictiva con las posibles causas de desheredación, debiendo ser siempre hechos muy graves, cercanos al delito y castigados, en muchos casos, con prisión, según los artículos 853 y 756 del Código Civil para poder desheredar a un hijo éste tiene que negar “sin motivo legítimo” los alimentos al padre, maltratarle de obra, injuriarle gravemente, haber sido condenado por atentar contra su vida, acusarle calumniosamente de un delito grave, obligarle con violencia a cambiar el testamento…

 

Así nos encontramos con un sistema que si bien no es posible desheredar a un hijo por simple capricho o haber discutido o por llevarse mal, tampoco los es si la situación no es delictiva, por lo que existen abusos terribles que no son causa de desheredación.

 

Además, ocurre que la esperanza de vida va en aumento, durando cada vez más, por lo que las posibilidades que surjan conflictos familiares están haciendo proliferar los casos de desheredación, estando en la cabeza de todos los muchos cambios testamentarios a causa del cuidado de los mayores en sus últimos años, cuántos hay que se casan con el cuidador o cuidadora para que tengan derecho a la herencia, en perjuicio de los hijos.

 

Ahora, con dos revolucionarias sentencias, el Tribunal Supremo, adaptando las leyes estrictas del Código Civil de 1.889 a la realidad actual, ha estimado como causa de desheredación “el maltrato psicológico”, apartándose de la aplicación al pie de la letra la Ley.

 

Dichas sentencias se adaptan la situación actual, pues debe darse mayor flexibilidad a la hora de hacer testamento, ya que la falta de poder de disposición de su patrimonio al fallecimiento de una persona lo hace totalmente injusto. Así lo ratifica uno de los cuatros magistrados del Tribunal Supremo que firmó la primera sentencia que consideraba el maltrato psicológico como causa de desheredación, cree que las causas para poder privar al hijo de la legítima “irán ampliándose progresivamente”.

 

La jurisprudencia deberá adaptarse, si no existe cambio de legislación, al cambio de las familias, de la edad de fallecimiento, de la naturaleza de los patrimonios, a lo que es la sociedad actual, pues en qué cabeza cabe que podamos disponer de nuestro patrimonio en vida y por qué no al morir?  

 

   

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