Reconocimento de derechos VS despido improcedente

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La relación laboral indefinida merece ser reconocida en pun procedimiento distito al de una impugnación por despido.

A veces, las reclamaciones laborales pueden ser monedas con dos caras. Por ejemplo: Durante años nos han contratado mediante contratos temporales, encadenados, uno detrás de otros, sin ton ni son. Pues bien: La relación laboral lo es en fraude de ley: en realidad estamos ante una contratación indefinida, y continuada en el tiempo, sin solución de continuidad. Por éste motivo, si nos despiden, la reclamación es bicéfala: Hay que accionar -demandar, raclamar- exigiendo que se nos reconozca ésta continuidad en la contratación; y, por otro lado, discutir en procedimeinto distinto la improcedencia y/o nulidad del despido.
Esta es una cuestión que recomendamos la resuelva un especialista. No dejamos de ver, con tristeza, a trabajadores que, por hacer las cosas "a su manera" luego tienen problemas de plazo para reclamar correctamente la impugnación de su despido.

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