Régimen de visitas entre abuelos y nietos

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Desgraciadamente muchas veces la relación entre un matrimonio que se divorcia y las familias de cada uno de ellos puede verse enturbiada y perjudicar la relación de los abuelos con sus nietos. El Código Civil, para solucionar dicha situación, estableció con una reforma en el año 2003 el derecho de los abuelos a relacionarse con sus nietos en su art. 169. El Tribunal Supremo se ha manifestado a favor de estas relaciones en la que se pone de relieve la necesidad de que se produzca este tipo de contactos no siendo posible impedir el derecho de los nietos al contacto con sus abuelos, solo por la falta de entendimiento con los progenitores. Rige en la materia un criterio de flexibilidad siendo el Juez el que tendrá que valorar las pruebas y emitir un juicio prudente y ponderado teniendo como máxima el interés de los menores.
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