En 2011 un perito falsificó la peritiación. En 2014 se condenó al constructor condena firme de audiencia provincial. ¿Puedo demandar al perito o esta prescrito?

Parece que prescribe desde el día de la declaración o desde que se condena firme.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Hay que ver la sentencia firme que comenta y los demás datos que tiene como, especialmente, el informe pericial, para valorar si el perito realmente faltó a la verdad en su informe y se le puede pedir alguna responsabilidad. Si desea ampliarnos la información facilitada, puede ponerse en contacto con nosotros y remitirnos esa documentación sin ningún compromiso, si bien en el supuesto de que pueda accionar, sería emitido el correspondiente presupuesto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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A ver. Sera en todo caso que comienza a correr el plazo a partir del día de condena firme. De otra manera sería imposible ejercitar la acción. No aclara si ese perito cometió su falso testimonio en una causa penal o un procedimiento civil. Ni la trascendencia que el tribunal sentenciador otorga a esa pericia. Todos esos son antecedentes indispensables para pronunciarse.

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Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
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habría que ver el procedimiento para valorar el modo de actuar del perito y si se le puede pedir alguna tipo de responsabilidad

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