Hola estoy desesperada y me gustaría que me contestaran. Gracias
Buenos días,
Tal y como le ha indicado mi compañero, puede usted ponerse en contacto con el Juzgado o, mejor aún, acudir personalmente al mismo, y llevar prueba de su actual situación económica, como el sello del paro, si usted (me imagino que sí) está inscrita en el paro.
Lo que no me ha quedado muy claro es a qué se debe el pago de la cantidad de 150€ al mes, es decir, ¿se trata de una multa impuesta por el Juzgado o bien es una indemnización que debe entregar a otra persona? En este segundo caso, póngase en contacto con esta persona o su abogado, y trate de llegar a un acuerdo más beneficioso para usted (por ej., pagar menos dinero durante x meses o años), que después se pondrá en conocimiento del Juzgado.
En cuanto a la ayuda de su marido, entiendo que es una cantidad que su marido le presta/ da, ¿o es una pensión compensatoria de su ex pareja? En el primer caso, puede usted omitir el hecho de que su marido le esté dando una cantidad concreta de dinero. En el segundo supuesto, tendrá usted que poner en conocimiento del Juzgado estas cantidades.
Si desea ponerse en contacto conmigo, no lo dude y llámeme. Un saludo.
Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
Sería conveniente conocer ve el contenido de la sentencia. No obstante debe usted hablar con el Juzgado y que le rebajen la cuantía a pagar cada mes dada su situación económica y le amplíen los plazos de pago. Si no lo acepta el Juzgado trátelo directamente con el perjudicado a través de su Abogado. Si deja de pagar, y si dice que le comunicaron que no cumple la condena porque ya transcurrido el plazo por el que le concedieron la suspensión de condena (así entiendo que debió de ser), probablemente no le embarguen la ayuda porque es inferior al salario mínimo pero debe de vigilar la cuenta del banco porque si hay alguna cantidad de dinero en la misma esa sí podrían embargársela, por ello lo más aconsejable sería abrir una cuenta a nombre de otra persona y usted figurar como persona autorizada para retirar cantidades y efectuar otros pagos como luz, teléfono, etc.
Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
Como aclaración a sus dudas, si la cantidad de 150 que tiene que pagar al mes es por responsabilidad civil (indemnización a otra persona) no va a ingresar en prisión. Lo que puede pasar es que el Juzgado le exija el pago completo de lo que debe y si no puede abonarlo procederá al embargo de sus bienes o cuentas corrientes. Si la cantidad que está pagando es en concepto de multa, pueden exigirle que cumpla arresto domiciliario o prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Sería conveniente conocer el contenido de la sentencia para salir de dudas. Si lo desea puede contactar con el despacho.