Abono cumplimiento orden alejamiento.

Tengo desde el año 2010 orden de alejamiento y en un juicio en 2014 he sido condenado a un año de prisión y a orden de alejamiento de 3 años.
¿Se puede pedir la revocación de la orden de alejamiento por haberla cumplido ya como medida cautelar? Gracias.

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ABOGADO PENAL CÁDIZ NV ABOGADOS
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Si el procedimiento mediante el cual se acordó la orden de alejamiento es el mismo por el que ha sido Vd. ahora condenado y ha estado 3 años vigente la medida de alejamiento, no hay que pedir ninguna revocación. La pena accesoria consistente en orden de alejamiento por 3 años ya está cumplida. Salvo, claro está, que se haya dictado otra orden de alejamiento en otro procedimiento distinto que Vd. no menciona. Atte.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Concursal

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En principio usted ha cumplido una medida cautelar consistente en el alejamiento y recientemente ha sido condenado a un alejamiento de 3 años, se trata de una pena, no de una medida cautelar y ha de cumplirla a partir de la firmeza de la Sentencia, luego no puede incumplirla, incurriría en un delito de quebrantamiento de condena.

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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La orden de alejamiento puede ser impuesta como medida cautelar hasta que se dicte sentencia o bien como pena impuesta en sentencia. Si se infringe tanto una como otra puede dar lugar a un delito de quebrantamiento de condena.

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