Acuerdo verbal de cambio de cuota de coeficiente de vecinos
Abogado Despidos Palma de Mallorca María Marcelina Sobrino Vallez
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Responsabilidad Civil
En relación a esta cuestión, para poder cambiar las cuotas de participación, habría que hacer una modificación de estatutos, y registrarlo en el Registro de la Propiedad a efectos de que tengan validez frente a terceros. Esto tiene que ser por unanimidad, y sería la única manera de que tuvieran validez.
Los acuerdos verbales tomados en Juntas de Propietarios, en materia de coeficientes de participación, carecen de validez, para hacerlos valer frente a terceros. Por lo que podrían ser válidos mientras todos los comuneros así lo hubieren decidido. Pero legalmente no tienen amparo, y frente a los nuevos adquirentes de propiedades en esa comunidad no les afectaría ese acuerdo verbal.
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
La cuota o coeficiente de participación de cada uno de los pisos y locales de un edificio es el que se establece en la escritura de división horizontal.
Cualquier alteración de tales cuotas exige el acuerdo unánime de todos los vecinos y, sobre la base de dicho acuerdo, instar la correspondiente modificación en la escritura de división horizontal.
Jesús Villodre