Administrador cesante

El administrador presentó por e-mail su dimisión, con efecto 31-3-2014 el mismo día 31 a las 20-24 por tenerse que ir fuera de España. Ante la urgencia, el vicepresidente y yo, como presidente, buscamos rápidamente otro administrador colegiado, de quien, al dimitido le facilitamos datos para poder efectuar el traspaso de documentos y cuentas.
Indignado me llama el cesante para promover una censura a la presentación del nuevo, apoyándose posiblemente, como ha realizado en anteriores ocasiones, en delegación de voto (p.e. cuando se descubrió que llevaba ejerciendo 4 años sin decir nada y jubilado).
¿Cómo podría obstaculizar las turbias maniobras del individuo?
Quiere poner a su hermana, como ya hicieron anteriormente el padre, con la madre, y ésta, con el hijo (Consideran hereditario el cargo y se apoyan en delegaciones capturadas).

Gracias

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VELA ABOGADOS

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenos días. El cargo de administrador no es en absoluto hereditario, por lo tanto, la Comunidad puede cesarlo en cualquier momento, si dicho acuerdo se toma en la junta correspondiente y con las mayorías estipuladas en la ley para estos casos.
Que el administrador que ha dimitido pretenda boicotear el nuevo nombramiento no es posible, toda vez que, a mayor abundamiento, es él quien ha dimitido por imposibilidad de seguir con su cargo.
No obstante, si necesitan mayor información, contacten con nosotros y les atenderemos personalmente.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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AC ABOGADOS

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Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común

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Seria conveniente tener mas datos, nosotros somos especialistas en la materia pero no somos abogados en su localidad, si le sirve de ayuda podemos darle un listado de abogados especialistas en la materia de su zona, mi consejo es que contrate especialistas. info@abogadosac.es .Tambien puede ver las multiples guias sobre la materia que tenemos en lexdir o en nuestra web www.abogadosac.es

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