Administrador legal en caso de deficiencia mental
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
En principio so su tío no está incapacitado es libre de gastar como quiera. Por otra parte si tiene disminuidas sus facultades mentales cabría incapacitarlo constituyéndose tutela, o si es limitadamente capaz, curatela(a diferencia de la tutela, que implica sustitución, aquí hay una mera asistencia para ciertas decisiones.) El procedimiento es judicial. En cuanto a la segunda cuestión, habría que ver si se han respetado los derechos de los legitimarios, (usted) que siempre pueden reclamar sus derechos de legítima si esta no ha sido respetada por el causante. Quedo a su disposición para cualquier consulta.
Desconozco el grado de la deficiencia mental. Así, según éste, Udes. podrán solicitar una incapacidad o una curatela con el fin de poder administrar los bienes a través de un tutor o un curador. El procedimiento es siempre judicial. Somo expertos en este tipo de temas por lo que quedamos a su disposición para ampliar esta información.