Adquisición vivienda de subasta aet

Buenos días, estaba interesado en adquirir una propiedad de subasta y tenía varias preguntas.
La primera es que si cualquier persona al margen de ser profesional de la rama inmobiliaria, puede optar a pujar y adquirir una vivienda; y la segunda es, si adquiero una propiedad a la que se le reclama una carga, la deuda pasa a ser responsabilidad del nuevo propietario, o sea yo. ¿O en el precio de adquisición va integrada la parte que se reclama de la deuda? Gracias

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Advocat Manresa Plinio Gómez

Advocat Manresa Plinio Gómez

Abogado de Manresa especializado en Derecho Civil

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Contestado

Buenas tardes,

En primer lugar la respuesta es afirmativa, puede participar cualquier persona siempre que cumpla con lo establecido con el pliego de condiciones.

En cuanto a la segunda pregunta debe saber que el precio que se paga para el inmueble sirve para pagar las cargas que el mismo tenga, si no fueran suficientes, las cargas restantes seguirían siendo obligación del deudor inicial, pero no de usted.

Gracias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado