afectado clausula suelo
Buenos días,
El Tribunal Supremo ha declarado expresamente en la Sentencia de 9 de mayo de 2013 que las cláusulas suelo son “lícitas” siempre que sean “transparentes”, de forma que permitan al consumidor identificar la cláusula como elemento definidor del precio del contrato y conocer el reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos entre ambas partes, siendo indiferente que no exista “equilibrio económico” o equidistancia entre el tipo inicial fijado y los topes señalados como suelo y techo.
Por lo tanto, si su cláusula no está redactada con claridad, sencillez y precisión y no se le informó correctamente ni se le facilitó oferta vinculante, puede ser declarada nula.
Si lo desea le puedo remitir un presupuesto sin compromiso alguno.
Saludos cordiales.
Somos especialistas en la materia y hemos llevado casos como el suyo, es decir, contra entidades bancarias que no constan en tal sentencia del TS, habiendo obtenido resultados estimatorios de las demandas de solicitud de declaración de nulidad que hemos presentado.
Le ofreceremos la mejor orientación y presupuesto al estar especializados en la materia.
Le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro.
Ante la respuesta del banco, el siguiente paso que le recomendamos es acudir a los tribunales e interponer una demanda solicitando la nulidad de la cláusula y la devolución de los importes abonados indebidamente. Si lo desea, puede contactar con nosotros y le orientaremos. Un saludo.
ABOGADO DIVORCIO MADRID FOLGUEIRA ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
El que su entidad no sea mencionada en la Sentencia del TS, no le impide presentar con éxito demanda judicial.
Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros y le daremos presupuesto y orientación