Allanamiento de morada

¿Cuál es el articulo del Código Penal que habla de la violación de morada?

Personas que conozco y que eran de mi confianza, por un desacuerdo derivado de la adopción de un perro, al abrir la puerta de mi domicilio, entraron de forma violenta sin que yo les dijera que podían pasar y llegaron hasta donde estaba el perro y se lo llevaron sin decir nada ni saludar.
Fue tan rápido y sorpresivo que no me permitieron decirles nada.

Gracias

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Abogado de Guadalajara especializado en Derecho Administrativo

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Contestado

Estimado Sr., con independencia de la calificación jurídica de los hechos como un allanamiento de morada del artículo 202 del CP como por el hecho de que se llevaran un perro de su propiedad, etc, debería decidir si está interesado en llevar a cabo las acciones oportunas para defenderse, y en este sentido debería presentar una denuncia indicando además el nombre de testigos que estuvieron presentes. También puede apoyarse en su abogado de confianza para dicha denuncia y el proceso penal que se iniciará con la misma y sino será el Ministerio Fiscal el que vele por sus intereses. Atentamente, Sonia Puebla. Abogada de Multilegal en Guadalajara.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado