Allanamiento de morada: extinción de la acción

Hola,

Mi casero ha entrado en mi habitación alquilada sin permiso varias veces, poniendo cosas abajo de mi cama, apagando los enchufes, apagando luces, etc.

Si le denuncio, lo que he entendido es que sería un acción de delito público (?), y que el proceso es perseguible sin mi querella, y por eso no se terminara con el perdón el ofendida.
Una vez denunciado, si el casero me da una reparación o por cualquier razón quiero poner fin al proceso, ¿hay manera extinguir la acción?

¿Una acción de allanamiento se va a ejercitar si no estoy presente en uno de los audiencias?

Muchas gracias por su ayuda.

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GONZÁLEZ & FONTSARÉ ADVOCATS

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Abogado de Girona especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,
Si Usted pone una denuncia contra su casero por allanamiento de morada, se iniciará una fase de averiguación o instrucción en la que Usted tendrá que declarar ante el Juez en relación al delito denunciado. Dicho procedimiento continúa su curso con independencia de que Usted se persone como parte o no y, en todo caso, si Usted decide no personarse como parte (acusación) será igualmente considerado testigo y tendrá la obligación de comparecer y decir la verdad sobre los hechos.
El delito de allanamiento de morada tiene la particularidad de ser enjuiciado por un Jurado, por lo tanto, si una vez finalizada la fase de instrucción, el Juez instructor entiende que existen los indicios suficientes que acrediten la comisión del delito, la causa sera remitida a la Audiencia Provincial para ser enjuiciada por un jurado, ante el que tendría que declarar.
Por último, comentarle que si Usted realiza una denuncia y luego se retracta de su contenido o se niega a testificar al respecto, puede ser acusado de realizar una denuncia falsa o de falso testimonio.
Cordialmente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

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Efectivamente no puede usted controlar el avance de las diligencias si presenta una denuncia, en el caso de que se admita a trámite la denuncia y tras las diligencias iniciales (prestar declaración) se incoara un procedimiento penal.
Convendría saber igualmente si puede usted acreditar documentalmente la existencia del contrato, así como prueba de esos accesos inconsentidos.
Le recomiendo que previamente opte por enviarle un requerimiento previo a la acción judicial, advirtiéndole que de reiterarse dichos accesos procederá a iniciar las acciones legales correspondientes.

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Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno

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Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

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Buenos días

En cualquier procedimiento lo más aconsejable es ir asistida de abogado.

Obviamente, si pone la denuncia, como sería un delito publico, aunque usted quiera no la puede retirar.

Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración que pueda precisar

Reciba un atento y cordial saludo

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CMR Advocats

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Abogado de Vilanova i la Geltrú especializado en Derecho de Familia

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Si usted denuncia, el delito será investigado por el ministerio publico. Si existe perdón, usted puede renunciar a la responsabilidad civil que conllevara ese delito. Si en un futuro hubiese juicio oral si tendría que estar presente. Pero en las primeras diligencias de investigación, no.

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