Aplazamiento de iva para autónomos
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No se preocupe que a la cárcel no va a ir, el Código Penal no castiga el mero impago de una deuda tributaria: el contribuyente que declara correctamente su deuda no comete delito, aunque su liquidación no vaya acompañada (por la causa que sea) del correspondiente pago. El delito exige que el contribuyente “defraude” a la Hacienda, lo cual se interpreta en el sentido de requerir algo más que el simple impago, esto es, una mendacidad, la ocultación consciente del hecho imponible.
Eso sí, la agencia tributaria le cobrará recargos e intereses, y tratará de embargarle sus bienes.
Un saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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En nuestra opinión la única consecuencia sería el posible embargo de bienes o derechos.
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