Asesoramiento para juicio monitorio.
Abogado Civil Barcelona JOSEP TARRADELLAS GARRIGA
Abogado de Barcelona especializado en Responsabilidad Civil
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Mejor respuesta según autor
Buenos días, la carga de la prueba de lo que el contrario le adeuda le corresponde a Ud. Por otro lado, los hechos en base a los que el contrario se oponga, le corresponden a este probarlos, es decir, no es Ud. quien debe probar que son falsos, sino el deudor que son ciertos.
El demandado puede recurrir la Sentencia interponiendo recurso de apelación, siempre que la cuantía del juicio verbal no sea inferior a los 3000 euros, pero debería abonar la tasa judicial, por importe de 800 euros más el 0,10% sobre la cuantía del recurso.
Deberían valorarse los hechos y la prueba que Ud. dispone para decidir si es mejor llegar a una transacción y en su caso, en que términos, o celebrar juicio.
Resto a su disposición para lo que precise.
Atentamente,
Josep Tarradellas Garriga
PD: Esta respuesta no supone asesoramiento legal contractual prestado por el Letrado que suscribe y, en consecuencia, el mismo no asume ningún tipo de responsabilidad.
Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
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1 voto útil
Buenos días,
Lo primero es que no le aconsejo que haga un acuerdo sin tener un abogado que lo revise, pues una vez firmado no hay nada que podamos hacer. En cuanto a su pregunta de si el demandado puede recurrir el juicio si que puede hacerlo, pero se puede solicitar la ejecución provisional de la sentencia y las tasas de la apelación son muy altas. Yo le recomiendo que se ponga en manos de un abogado para llegar a un buen acuerdo lo antes posible o bien para el juicio verbal que tiene pendiente. Puede contactar con nosotros via mail a nietosanzabogados@gmail.com. Saludos Cordiales, ROSA NIETO, Abogado, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.
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Si Usted ha reclamado mas de 3.000€ el contrario podrá apelar. Es mejor siempre un acuerdo. atte. Manuel Alonso email: penalistas@hotmail.com