Atribución de la vivienda familiar
Palau Abogados César Palau Temprado / Marta Guimerá Zaera
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia
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Buenas noches, efectivamente existe ese derecho de compensación por la atribución del uso de la vivienda con cargo a los gastos ordinarios.
Pero debe tener en cuenta que la atribución puede tener un carácter temporal, lo que puede utilizar para que no se cree un derecho a favor de una de las partes que perjudique ostensiblemente a la otra.
Por otro lado, el fijar una pensión o contribución condicional, en función de ingresos futuros, entiendo que no es algo que el juzgado les permita prefijar ahora, para eso existe el procedimiento de modificación de medidas.
En resumen, y sin perjuicio de una valoración más personalizada de su caso, considero que tratándose de un mutuo acuerdo, lo más conveniente sería fijar un uso temporal con una pensión de alimentos mínima en atención a los escasos ingresos y a la compensación por el uso de modo general, sin hilar más fino.
Espero haberle sido de ayuda y quedo a su disposición para cualquier duda o consulta que necesite.