¿una baja laboral se corresponde con daños materiales?

Si un producto pirotécnico defectuoso te ocasiona daños corporales en brazos y manos, daños materiales en un reloj y además a causa de los daños sufridos tienes que estar de baja laboral 1 mes.
¿Esa baja laboral sería parte del daño material? ¿Sería indemnizable?

Gracias

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Buenas tardes. Dentro de lo que planteas, hay varias cosas:
- La baja laboral, como tal, por incapacidad temporal.
- Los daños personales, que deberían ser valorados, así como las secuelas que te han quedado, a través de un médico de valoración del daño.
- Los daños materiales, que son fácilmente evaluables.
La baja laboral no cubre ni los daños personales ni los materiales (ni siquiera los morales, que también se podrían pedir).
Pues bien, con todo ello, se podría reclamar al fabricante o vendedor de dicho producto pirotécnico, por producto defectuoso y por haberte causado todos esos daños.
Necesitaría tener más detalles del asunto, pero es fácilmente reclamable. Contacta con nosotros y lo estudiamos con más detenimiento.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Son dos cosas distintas: por un lado el accidente de trabajo le ha ocasionado una baja laboral, y por otro lado, los daños que ha Vd ha sufrido pueden ser consecuencia de un producto pirotécnico defectuoso, por lo que podría reclamar daños y perjuicios a la empresa que le haya vendido dicho producto, pero ya no sería una cuestión de la jurisdicción laboral.

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La baja laboral lo que puede es ser evaluada a efectos de determinar la indemnización por daños y perjuicios que pudiera solicitar, en su caso.

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