Bajada voluntaria de categoría profesional

ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes:
Van a hacer depender el cambio de categoría que solicite de la disponibilidad organizativa, es decir, pueden indicarle que no disponen en la actualidad del puesto que solicita o bien, con menos horas de la jornada completa (40 horas semanales).
Supondría una modificación del contrato indefinido actual que conllevaría el salario establecido para la categoría por la que opta, pero al ser una modificación la antigüedad si la conservaría.
Si le indican que no existe en la actualidad posibilidad de cambio de puesto de trabajo le mantendrían en el que está, no tiene porqué conllevar despido, salvo que intenten forzar un despido como baja voluntaria suya, por no querer continuar en el puesto y con ello en la empresa. Por lo que habría que estar en ese caso a la negociación que mantenga con la empresa y obviamente a la causa de despido, para poder determinar finalmente cuál sería. Saludos