Buenos días, la pregunta es sobre un juició civil que gané

Lo que me tiene que dar son 700 euros ¿Entonces le embargo de nómina verdad? ¿Cuándo cobrare si le pidió mi abogada la ejecución forzosa el 20 de octubre?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
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Buenas tardes, tal y como le comenta mi compañero, si usted ya está en manos de una abogada, sería conveniente que esta consulta se la realizara a ella que es quien tiene todos los datos y lleva su procedimiento.

Respecto a su consulta, no se le puede dar un plazo en el que usted cobrará, cada Juzgado es un mundo, parece que se encuentra su procedimiento en fase de ejecución, una vez realizada la averiguación patrimonial se procederá al embargo de los bienes susceptibles de embargo.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado reclamaciones herencias empresas Pamplona Iribarren Uriz Abogados
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Buenas tardes: si tiene reconocida una deuda por Sentencia y ha solicitado la ejecución de sentencia con el embargo de la nómina no se le puede dar una respuesta sobre la fecha de cobro ya que depende de cada juzgado.
De todas formas, el embargo es de una parte proporcional del sueldo.
Le aconsejo que si tiene abogada consulte con ella que es quien lleva el proceso.
Atentamente
Javier Iribarren

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En el Juzgado se sabe cuándo se entra, pero no cuándo termina todo; además las ejecuciones, por lo general, suelen ser lentas, salvo que al deudor se le pille, a la primera, lo suficiente para cobrar, por lo que tenga paciencia y traslade a su letrado cualquier preocupación que tenga, ya que es el que mejor conoce su expediente.

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