Caida en la calle por arqueta en mal estado
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
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1 profesionales de acuerdo
Los daños que ha sufrido por una arqueta en mal estado en la vía pública son susceptibles de reclamación patrimonial ante el Ayuntamiento por la vía administrativa prevista en el art. 139 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de un año desde el hecho causante.
Es conveniente que el informe de urgencias se complemente con otro informe médico que recoja las secuelas y haga una valoración de los daños a efectos de la indemnización que pudiera corresponderle.
Quedo a su disposición para cualquier consulta adicional.
Jesús Villodre
Ante cualquier suceso con apariencia de falta, el Juzgado incoa D. P. decretando el archivo provisional, salvo denuncia del perjudicado. Puede haber existido un cruce de escritos con el Juzgado, de ahí que hayan decretado el archivo a pesar de haber interpuesto denuncia. Pregunte en el Juzgado qué ha podido ocurrir.
Si hay denuncia el juzgado puede reabrir el procedimiento, con lo que puede solicitar que le vea el médico forense y le haga una valoración de sus secuelas. Un informe privado suele ser carísimo, salvo que se lo haga su médico de cabecera (no tienen obligación de hacerlo, pero habitualmente lo hacen, son profesionales muy competentes). Lo suyo es que le vea el forense, pues es el perito imparcial en el que confía el juzgador y le asesora en esa materia. Suerte
Lo que procede, tal y como indican mis compañeros es presentar reclamación administrativa por responsabilidad patrimonial, siendo lo más recomendable no solo aportar el informe de urgencias, sino que, además, todos los informes posteriores de seguimiento de la lesión y pericial elaborada por médico privado en que vengan a valorarse económicamente los daños en base a las tablas de cálculo según los puntos que corresponda aplicar, tanto por lesión como por secuelas.
Somos especialistas en la materia y le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro.
Un saludo,
ERCILLA ABOGADOS
Abogado Cruz Antonio Gómez Coronel
Abogado de Villanueva de la Serena especializado en Derecho Civil
Al no poder seguirse la denuncia por vía penal, no se valorarán las lesiones por el médico forense, pero no necesariamente se necesitaría un médico privado, pudiendo valorarse los daños con los informes médicos de la Seguridad Social; pero se necesita algún informe donde conste la lesión en las rodillas, y el alta de dicha lesión, a fin de calcular los días que ha tardado en curar y posibles secuelas. Por otro lado, si la arqueta es de electricidad, la responsabilidad es de la empresa suministradora.
Buenos días,
El Juzgado a decretado el Sobreseimiento Provisional porque no considera los hechos suficientemente relevantes como para la tramitación de un procedimiento. Lo que tiene usted que hacer es, a través de abogado y procurador argumentar ante el Juzgado los motivos por los que se tendría que seguir procediendo con el asunto.
Puede ponerse en contacto con nosotros a través de secretaria@rfabogados.es
Un saludo
www.rfabogados.es