Caida en via publica por acera en mal estado
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Buenos días,
Sería conveniente tener más datos (si llamó a alguna ambulancia, si existen testigos, si ha realizado fotos del lugar....) Sin duda alguna puede iniciar una reclamación patrimonial al ayuntamiento solicitando una indemnización por los daños (lesiones) y perjuicios que le está acarreando dicho accidente por el mal estado de la acera.
Le aconsejo acuda a un abogado para la reclamación al organismo y así valorar mejor su indemnización. Antes de acudir a la vía judicial hay que agotar la vía administrativa en la cual se deben de aportar todos los documentos probatorios, documentos de las lesiones y perjuicios, ect...
Un saludo
www.johnsonabogados.com
Iniciando un expediente de responsabilidad patrimonial de la Administración por daños corporales, basándose en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial (Real Decreto 429/93 de 26 de marzo; BOE 106 de 4/5/1993) artículo 6. Los daños que se produzcan a consecuencia del mal estado de las vías públicas, están incluidos en el “Reglamento de los procedimientos de las administraciones publicas en materia de responsabilidad patrimonial” (articulo 54).Deberá documentar claramente, su nombre y domicilio para notificaciones, los daños sufridos, su valoración y la responsabilidad de la Administración.