Cambio de domicilio por trabajo.
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Mejor respuesta según autor
Distinguida usuaria.. y madre...
Comprendo bien la situación que plantea y los motivos que le impulsan a tomar esa difícil decisión de trasladar el domicilio suyo y de los menores, con la dificultad añadida de tener que salir de la isla.
Sin embargo, aunque sea muy triste que el progenitor de la menor ( o de ambos!... tremenda una complicación más que le plantea ahora, tras 3 años de vida que tiene la criatura...); le decía.. por muy frustrante que sea, él tiene la patria potestad y su derecho de visitas... a falta de un acuerdo (yo aconsejo siempre, que se refleje por escrito y comunique al juzgado), UN JUEZ ES QUIEN ÚNICO PUEDE DECIDIR QUÉ ES LO MEJOR, PENSANDO EN EL BENEFICIO DE LOS MENORES y sin separar a los hermanos... exponiéndole la situación.
¿Cómo? Iniciando en el juzgado un PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO , como medida cautelar urgente, como modificación de las medidas ya existentes...
Desgraciadamente, si no lo hace pronto, puede que el padre se le adelante... y se verá aquí con el riesgo de que el juez adopte una decisión más severa, por incumplimiento suyo de los derechos del progenitor y de los menores...
¿Cuál puede ser esa decisión judicial? Es imprevisible, depende de las circunstancias, su buena fe al hacer las cosas, la situación de los niños, según hayan tenido mayor o menor vínculo con su padre, etc.
A veces, sólo una advertencia y acepta que se trasladen con Ud; otras veces, le obligan a pagar el pasaje de las visitas, aunque sean más distanciadas...
Todo depende de lo bien que se hagan las cosas, se justifiquen, etc..
Quizá pueda solicitar el beneficio de la justicia gratuita. Pregunte en el juzgado de primera instancia más cercano; allí le informarán.
Mucha suerte para esa familia.
Abogado herencias Tenerife María Alonso Álvarez Abogada
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho de Familia
Buenos días, te recomiendo que antes de trasladar tu domicilio, ante la falta de acuerdo con el padre, lo solicites por escrito al Juzgado. En ese escrito no necesitas abogado ni procurador, pero puedes encargar a nuestro despacho la redacción del mismo. Por el escrito nuestros honorarios serían de 100 euros, y por todo el procedimiento (procedimiento de jurisdicción voluntaria), 300 euros. En ambos casos, incrementado en 7% de IGIC. Un saludo
Abogado clausula suelo Tenerife - Leynor
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil
Buenas tardes,
Si tiene medidas definitivas, que supongo que sí, lo correcto sería modificar las medidas antes de incumplir la resolución judicial.
El hecho de que la niña de 2 años vaya o no a la guardería es insustancial dado que no es enseñanza obligatoria.
No obstante para poder ser más precisa, necesitaría tener más datos.
No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier duda y/o aclaración.
Espero que le resulte de ayuda.
Un saludo