Cambio de recogida de vivienda a lugar de trabajo.

Buenos días. Mi pregunta es si puedo cambiar el sitio de recogida de mi hija. Ya que por motivos de trabajo no tengo a nadie en mi casa para que pueda entregar a mi hija el viernes a las 20:00 horas. Sería cambiarlo de mi vivienda habitual a mi puesto de trabajo ya que soy autónoma en un mercado que abre de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00 y sábados de 9:09 a 14:00 en horario de invierno y en horario de verano cambian las tarde de 17:30 a 20:30. Yo vivo en Fuenlabrada y trabajo en Móstoles y su padre vive en Leganés. Lo cual hace imposible que en ninguna de las dos circunstancias llegue a las 20:00 a entregar a mi hija. Llevo un año trabajando en Móstoles y haciendo a mi hermana venir desde Toledo con sus dos hijas de 5 y 2 años los viernes pero llega un momento que la situación es insostenible. Como puedo cambiarlo. Y como lo debo hacer. Se lo comunique al padre por teléfono y me dijo que para eso tenía que estar el de acuerdo y que eso no iba a ser así..... Agradezco su tiempo. Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado divorcio Majadahonda Mónica Martín Closas
Contestado

Buenas tardes:

Entiendo que su hija es pequeña para poder quedarse en casa durante un corto periodo de tiempo hasta que llegue usted de trabajar. Si es así, y para que pudiera cambiarlo, si el padre no está de acuerdo tendría que hacerlo judicialmente, mediante una modificación de medidas, lo que supone mucho gastos y tiempo para sólo este motivo, aparte que el padre podría solicitar cambio también de lo acordado hasta ahora puesto que usted no tiene posibilidad de llegar a también por su trabajo. Mi consejo es que intente llegar a un acuerdo con el padre, y en su defecto que acuda a servicios sociales de su localidad para intentar que ellos medios entre ustedes. Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

VER PERFIL
Contestado

Buenos días:
Para asesorarle adecuadamente primero tendría que conocer la Sentencia o el Convenio Regulador donde se estipulan los derechos de visitas.
Para solucionar el problema debería plantear una modificación de medidas ante el Juzgado para solicitar el cambio de domicilio de entrega. Para ello, es necesario que hayan cambiado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en cuenta en la Sentencia o en el Convenio Regulador.
El procedimiento necesita procurador y abogado.
Quedo a su disposición para ampliar la información.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado especialista en extranjería y divorcios Madrid - laboral-nacionalidades
Contestado

Eso sería una demanda de modificación de medidas y aun que el no este de acuerdo sería el juez el que tenga la decisión por fuerza mayor no obstante sería mejor revisar el caso completo para más información estaremos encantado de poder atenderle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
José Ángel de Villota Villota

José Ángel de Villota Villota

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Si hay acuerdo entre los padres no hay problema, en caso contrario hay que solicitar una modificación de medidas con abogado y procurador.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado