Cambios acta de divorio
Buenas tardes. Si desde que se dictó la sentencia han cambiado las condiciones económicas o el comportamiento o circunstancias de las partes, puede iniciar un procedimiento de modificación de medidas. Si quiere un asesoramiento más completo no dude en ponerse en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderla adecuadamente. La primera consulta es gratuita.
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Saludos
Abogado inmobiliario y desahucios Valencia - Isidoro Ricardo Manzanera Vila
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
Transcurrido el plazo que marca la LEC, y existiendo variaciones sustanciales de las medidas que se acordaron en la sentencia de divorcio, usted puede instar una modificación de medidas, que adapte las circunstancias a la situación real del momento.
Está en su pleno derecho.
Buenas tardes, evidentemente se puede proceder al cambio de modificaciones establecidas en la sentencia de divorcio, para ello es necesario que exista un cambio de condiciones respecto al momento en el cual se adoptaron.
A su completa disposición reciba un cordial saludo