Cancelación aval bancario

He tenido que poner un aval bancario en el juzgado , porque mi abogado No presentó concurso de acreedores y me han condenado como administrador de la empresa. Se pidió la nulidad del juicio y vino denegado la sentencia dice que se tuvo que presentar en su momento y como no se hizo no se puede revocar dicha sentencia, he tenido que ir al supremo y nada queda demandar al abogado.pero quisiera cancelar el aval en el banco me dicen que ellos NO pueden hacerlo, quien tiene que cancelar esto para NO seguir generando gastos de mantenimiento del aval, como puede generar unos gastos SI el dinero es mio NO hay préstamo por parte de la entidad bancaria, y si hay una cláusula donde indica que si entra en descubierto la cuenta de mantenimiento el aval queda sin efecto ?¿puedo cancelar sin más? .gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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En su caso el aval bancario, para cancelarse necesitará que el juzgado se lo devuelva, por cuanto en tanto no se lo devuelva no lo puede cancelar. Le significo, como usted ya debe saber, que el aval es una garantia y que su mantenimiento profuce unos gastos de mantenimiento. Por ora parte una cosa es la cancelación del aval y otra diferente es que quede sin efecto por descubierto. Ojo con que el aval quede sin efecto,por descubiero. Si el juzgado no se lo ha devuelto, la parte de adverso podría exigir responsabilidades, por cuanto si quedará sin efecto, la garantía sería ineficaz..

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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MONTIEL Y ASOCIADOS

MONTIEL Y ASOCIADOS

Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Si el aval se ha constituido para garantizar el proceso y este no ha terminado porque sigie en el Supremo, no se puede cancelar al no existir sentencia firme.
Quien unicamente puede ordenar la cancelacion es el juzgado.

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