Caseta de aperos en 1639 metros

Buenos días, mi madre me donó 1639m de parte de una parcela de 6204metros según la carta de la contribución. La parcela esta a nombre de mi madre, aunque hizo tres donaciones, no hay escrituras públicas, es una parcela de regadío tipo 2, mi pregunta es si puedo hacer un apero pequeño a esos metros o poner algo móvil. El Ayuntamiento no me dice nada claro, pues creo que esos 1639 metros se pieria hacer 16m de apero, gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Civil Vélez-Málaga MATEOS ABOGADOS
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Darle una respuesta sin ver documentación es difícil , pues depende incluso del ayuntamiento donde este situada la parcela , aunque me da la impresión que el primer problema que van a tener es que no le den licencia para segregar la parcela de su madre en tres para que cada hermano tenga la suya , pero se podría pedir los aperos pero como si la finca fuera una , que es como parece que consta en el catastro. De todas formas ya le digo , que sin ver documentación ni tener los datos suficientes cualquier contestación es un poco a la ligera.
Si quier mas información , puede ponerse en contacto con este despacho , e intentaremos ayudarle sin ningún tipo de compromiso .
Saludos .

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo normal es que pueda hacer una caseta de aperos que reúna las condiciones que exige el planeamiento de la población o la normativa aplicable en su defecto. Pero eso no supone que le autoricen construcciones para otros usos del estilo a las “casas móviles”, ya que no debe olvidar que es un suelo agrario. Si no quiere tener problemas haga la consulta por escrito al Ayuntamiento diciendo lo que quiere hacer y aportando los datos suficientes para que puedan ser valorados a los efectos también de la concesión de licencia o declaración de que no es necesaria.

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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Eso es normativa urbanística y lo contempla así sin mayor problema. El problema es civil. La donación de inmuebles precisa escritura pública. Y no la hay. Por eso sigue la parcela a nombre de su madre y en proindiviso con sus hermanos. Lo primero es delimitar su parcela y las de sus hermanos para que cada uno pueda disponer de lo suyo. Mientras ninguno puede hacer nada sin contar con los demás. Es decir cabría la posibilidad de que esa solicitud la firmen los tres.

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Abogado Torre Del Mar Ivan García Corrales
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Buenos días, todo depende del tipo de "apero" que quiera construirse. Lo ideal es que analicemos la documentación y le asesoremos en todo el proceso. Con las circunstancias que usted describe no es posible dar una respuesta clara del tipo SI o NO, tenemos que analizar la documentación y la situación de la finca. No es un servicio excesivamente caro, puede pedirnos presupuesto sin compromiso. Quedamos a su disposición para lo que precise.

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