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Cesión ilegal de trabajadores (empresa privada - administración pública)

Llevo trabajando con mi empresa desde 2007 d manera concatenada con contratos por obras y servicios, que realizo en la Junta de Andalucía. Mi situación es d cesión ilegal d trabajadores.

El actual contracto de obra y servicio de mi empresa con la Junta está a punto de finalizar (10 abril) y he acudido a los servicios jurídicos de CCOO. El abogado entiende que se dan todas las circunstancias de cesión ilegal.

Mi intención es denunciar para mantenerme en la administración como indefinido pero me dice el abogado q es virtualmente imposible puesto q cuando se marque el juicio posiblemente a un año vista (según dice él), la Junta de Andalucía podrá alegar que ya no existe relación con la empresa y sólo me indemnizará, puesto que mi contrato finaliza dentro de un mes. ¿Esto es así?

Respuestas de otros profesionales:
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Sagardoy Abogados

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Laboral

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Contestado hace 12 años

Disculpa he tenido problemas de acceso a la aplicación, se trata de un asunto muy interesante desde el punto de vista jurídico, se debe analizar no sólo la situación de cesión ilegal sino la situación contractual, dada la concatenación de contratos que se indica y la propia naturaleza de los contratos de obra y servicio. Habría que valorar una posible fijeza de la relación laboral, así como la situación de cesión ilegal, y existiendo demanda judicial previa a la extinción del contrato de obra y servicio, podría estimarse causa de nulidad.
Desconozco si finalmente se ha extinguido la relación laboral, no obstante, en el supuesto de que se reanude mediante un nuevo contrato temporal podría valorarse nuevamente la reclamación.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Legal & Sure

Legal & Sure

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Contestado hace 12 años

Si le despiden podrá reclamar por despido improcedente o nulo en caso de que se den las circunstancias para ello. En el caso de que sea improcedente la empresa (en este caso la Junta) decidirá si le readmite o le indemniza (seguramente optará por la segunda opción ya que la primera conlleva salarios de tramitación). En el caso de que el despido sea considerado nulo la empresa deberá readmitirle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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JIONOS ABOGADOS

JIONOS ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Guadaíra especializado en Derecho de la Circulación

Contestado hace 12 años

Buenas tardes:
Con la información que usted me da tan somera y sin leer su contrato de interinidad, he de manifestarle, que el compañero que trabaja en el sindicato tendrá a la vista más información que le permitirá darle esa información que le ha facilitado.
Lo siento no poder ser más objetivo, pero sin datos y contratos a la vista no puede decantarme por otra solución.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor