Cesión o renuncia de una herencia.

Mi madre y mi tío son propietarios por herencia de sus padres de una vivienda al 50% en la que vive mi madre como residencia habitual.
Mi tío falleció recientemente dejándome a mi como nudo propietario y a su mujer como usufructuaria según consta en su ultimo testamento.
Mi tía me dice que no quiere el usufructo de la casa para nada ya que es una cuestión de herencia familiar por parte de mi madre y mis abuelos, y que la voluntad de mi tío es que finalmente terminase siendo mía ya que soy hijo único y me correspondería por sucesión directa de mi madre, con lo cual estaría dispuesta a renunciar a dicha herencia en mi favor, y yo al tratarse de sobrino, como familiar de tercer grado, el pago del impuesto de transmisiones patrimoniales etc para ponerla ami nombre se dispara según tengo entendido en sus importes y cuantías.
La pregunta seria si yo puedo renunciar también a mi parte de la herencia en favor de mi madre una vez mi tía renunciase en mi favor aunque sean tramites jurídicos independientes y si así, de esa manera los gastos generados serían menores al tratarse de hermanos familiares de segundo grado ya que según tengo entendido existen unos descuentos fiscales por las circunstancias antes mencionadas como la de ser vivienda habitual.

Todo esto es factible acudiendo a un notario?

Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Contestado

Buenas tardes.
Lo,que usted pretende, es mas caro que si acepta la herencia de su tío, ya que su tía en la propia escritura de herencia puede renunciar a su usufructo, con lo cual se le adjudicaría directamente a usted.
El impuesto de sucesiones,tanto para un hermano como para un sobrino, es idéntico, ya que, tienen el mismo tipo de gravamen, y el resultado que de, se multiplica por 1,5882.
si usted renuncia a la herencia en favor de su madre, para la comunidad de Madrid, se entiende que primero acepta la herencia, y paga el corresondiente impuesto, y después, se lo dona a su madre, con lo que el impuesto sería doble, aunque la donación a favor de su madre, tendría una bonificación del 99 por 100, pero el impuesto municipal de plus valía seria el mismo.
Si desea cualquier aclaración, pongase en contacto con el despacho, ya que he sido más de 40 años oficial de notaria, y es un tema que he tratado de forma habitual.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Contestado

Buenas tardes, habria que analizar el asunto detenidamente , para poder determinar cual de todas las opciones es la mejor a efectos fiscales pero puedo adelantarle que renunciar en favor de alguien no le evita pagar el impuesto, pues El renunciante debe pagar por el impuesto de sucesiones y la persona o personas favorecidas deben tributar: Por el impuesto de donaciones. Si lo desea ponganse en contacto con nosotros y le asesoraremos sobre la opción más beneficiosa. Un saludo
Noelia Padrino

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Contestado

No. Lo que plantea entraña varias donaciones, que probablemente estén poco gravadas, pues en Madrid hay una exención del 99%. Pero implicaría que usted recibe el bien y tributa en sucesiones y luego lo pasa a su madre, y esa parte sería la que estaría casi exenta.
De todas formas habría que examinar lo que expone con más detenimiento.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOI
Contestado

buenas tardes:

Comentarle que su pregunta es demasiado compleja para contestarla por escrito, le aconsejamos que pida cita en nuestro despacho y le podremos indicar como debe hacer para salir beneficiado de la situación que nos plantea. Hay muchas opciones antes que la renuncia a la herencia.

Estamos a su disposicion, un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado