Cierre de la empresa indenizacion
CW Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos
Buenas tardes, le tendrán que abonar 20 días de salario por año de servicio si se trata de un despido procedente.
Por su parte, si la causa del despido no está suficientemente justificada, o bien, la empresa omite algún requisito formal de la carta de despido, el despido podría declararse improcedente y, por lo tanto, deberán abonarle 45 días de salario por año de servicio hasta el año 2012 y luego 33 hasta la fecha de efectos del despido.
Cuando le entreguen la carta de despido y la liquidación firme como no conforme y contacte con nosotros para analizar la viabilidad o no de lograr que el despido se considere improcedente.
Atentamente, Carlos Winter Cabrera, Abogado Laboralista
636790194
carloswintercabrera@icam.es
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe contactar con un abogado laboralista o sindicato a fin de que le asesoren en el trance, presentando reclamaciones por despido, salarios pendientes etc. a fin de que cobre lo que le corresponde directamente de la empresa o del FOGASA. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Abogado Claúsula Suelo Ciudad Real Gonzalo Frías Gómez
Abogado de Ciudad Real especializado en Derecho de Familia
Pongase en manos de un abogado laboralista, ya que dependera de la calificación del despido para que tenga derecho a una u otra indemnización. Quedo a su disposición