¿Es legal que no quieran darnos el finiquito?
No es que sea legal o no que os paguen el finiquito, sino que como habeis firmado "no conforme", la empresa entiende que vais a reclamar judicialmente y, por tanto, opta por no pagaros aquello que os pueda deber hasta que un juez determine si se trara de una finalización de obra o servicio ajustada a derecho o, por contra, se trata de un despido improcedente.
En cualquier caso tenéis un plazo de 20 dias hábiles para interponer la demanda por despido en los juzgados de lo social.
Aunque podéis poner vosotros mismos la Papeleta de Conciliación y demanda vosotros mismos, os aconsejo acudir siempre a un especialista en derecho laboral para que podais reclamar vuestros derechos laborales, aquello que os pertenezca con la mayor de las garantias legales.
No dude en pedir cita en el teléfono que viene en nuestra web
www.denunciaatuempresa.com
Abogado Laboral LaboralClic
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Relaciones Sindicales
Buenos días,
efectivamente es una situación irregular que la empresa utiliza para presionar.
En cualquier caso nuestro consejo es que impugne el despido en el plazo legal de 20 días hábiles ante el Servicio de Conciliación (Papeleta de Conciliación) con el objeto de llegar a un acuerdo con la empresa.
Por otra parte en cuanto a la improcedencia del despido habría que analizar en detalle las circunstancias de su despido para tener claro a qué tipo de acuerdo pueden llegar y, en su caso, posibilidades de que una posterior demanda pudiera prosperar.
Lo que sí le aconsejamos es que se ponga en contacto con un abogado especialista. Puede ponerse contacto con nosotros para analizar el caso en detalle.
Un saludo
Buenos días,
Al firmar como no conforme la empresa puede no abonarlo hasta que impugneis las actuaciones legales correspondientes. Os aconsejo que presentéis la papeleta de concicialión ya que en temas de finiquito está más que ganado porque os deben de pagar e incluso puede que tengan intereses de mora.
En relación al despido, indicarle que si lam obra de servicio continua y tenéis pruebas, se considera un despido improcedente.
Un saludo
www.johnsonabogados.com